Solicitud de Patrón (individual)
Actualmente no existen solicitantes guardados
Actualmente no existen solicitantes guardados
Fecha de conflicto
Objeto de la solicitud
FOCALIZADO AL PROCESO DE CONCILIACIÓN LABORAL PREJUDICIAL
El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Jalisco, con domicilio en la avenida Juan Gil Preciado número 6735, colonia Nuevo México, código postal 45138, Zapopan, Jalisco, o a través de sus Delegaciones Regionales; es el responsable del uso y protección de sus datos personales, de conformidad con el artículo 24 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios; y al respecto, le informa lo siguiente:
Los datos personales que usted proporcione al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Jalisco, serán única y exclusivamente utilizados para las atribuciones de este, y dichos datos podrán ser recabados directa o indirectamente, por medios electrónicos, por escrito y por vía telefónica; las finalidades del tratamiento para las cuales se obtienen sus datos personales son: que el usuario pueda registrarse en la plataforma digital; emitir y notificar los citatorios para la audiencia de conciliación; redactar, revisar y sancionar los acuerdos o convenios a que lleguen las partes; expedir las actas de las audiencias de conciliación; emitir las constancias de no conciliación en aquellos casos que ésta no fuere posible; realizar las constancias de cumplimiento de pago parcial y/o total de las cantidades o prestaciones convenidas; y establecer comunicación con los trabajadores y patrones, sobre aspectos relacionados con las fases y etapas del procedimiento de conciliación prejudicial.
Asimismo, se le informa que NO se realizarán transferencias de datos personales que requieran su consentimiento, salvo aquéllas que sean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad competente, que estén debidamente fundados y motivados, o se esté en alguno de los supuestos de excepciones al consentimiento, establecidas en el artículo 75 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Usted podrá manifestar su negativa para el tratamiento de sus datos personales para finalidades y transferencias que requieren su consentimiento presentándose ante la Unidad de Transparencia, ubicada en la Av. Juan Gil Preciado 6735, Nuevo México, Zapopan, Jalisco.
Si desea conocer nuestro aviso de privacidad integral lo podrá consultar en https://transparenciasitgej.jalisco.gob.mx/api/api/banco_archivos/38964/downloadWeb, o bien de manera presencial en nuestras instalaciones.
La industria o servicio que seleccionaste es de competencia federal, no local.
Acude a la Oficina Estatal del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) de tu entidad para realizar la solicitud.
Si no tienes la posibilidad de realizar a tiempo tu solicitud en el CFCRL, puedes continuar la solicitud en el Centro de Conciliación Local y al momento de confirmar tu solicitud, esta será revisada por un funcionario, quien determinará la corrección de la industria o servicio, o la emisión de una constancia de incompetencia y el envío de tu solicitud al CFRL.
Los Centros de Conciliación tienen dos tipos de competencias:
- Federal: asuntos atendidos por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL)
- Local: asuntos atendidos por el Centro de Conciliación Laboral (CCL)
Cada entidad federativa cuenta con uno de estos Centros de Conciliación, algunos divididos en sedes para atender los conflictos que surgen en su demarcación.
Así, el lugar de trabajo y la actividad económica del patrón sirven para identificar la competencia territorial y el tipo de Centro de Conciliación (Federal o Local), para que el Centro de Conciliación competente pueda atender tu asunto sin contratiempos.
Para identificar el Centro de Conciliación competente para resolver tu conflicto, debes contar con el municipio y entidad federativa donde se localiza el patrón y su actividad económica principal. Ojo: es la actividad económica del patrón, no la actividad económica que el trabajador desempeña o desempeñó.
Toma en consideración que el 80% de los asuntos son de competencia local, por lo que es más probable que tu asunto deba ser atendido por un CCL y no por el CFCRL.
También, es importante notar que la competencia federal está reservada para ciertas industrias, siempre que se trate de la producción o manufactura. Es decir, aun cuando la producción es de competencia federal, la distribución, comercialización y servicios relacionados con el producto son de competencia local.
Para determinar si tu conflicto es de competencia federal o local, te pedimos llenar el siguiente cuestionario para identificar qué Centro de Conciliación debe atender tu asunto:
Actualmente no existen solicitantes guardados
Actualmente no existen solicitantes guardados
Fecha de conflicto
Objeto de la solicitud